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miércoles, 23 de septiembre de 2009

SE FUERON AL CHANCHO, NO SERA MUCHO


anciones más severas para quienes hagan rayados en propiedad pública y privada establece proyecto de ley
Publicado el 23 de septiembre del 2009

La iniciativa, que fue presentada por el diputado PS Marcelo Díaz, sanciona mediante la figura de daño calificado los rayados en la vía pública y propiedad privada y establece una regla especial de responsabilidad de los padres por los hechos de este tipo que cometan sus hijos menores de edad.

El autor de la moción sostiene que se ha vuelto común la tendencia, especialmente en sectores urbanos, de ensuciar con diversas siglas, símbolos y mensajes, los que ordinariamente se practican en muros de inmuebles públicos o privados, en bienes nacionales de uso público, en monumentos, o en el transporte público de pasajeros, lo que evidentemente constituye un daño en la propiedad que además tiene un efecto en la estética de la ciudad.

Asimismo, agrega que las sanciones actuales no han surtido efecto por lo que el proyecto tiene por objeto establecer una categoría específica para la sanción de estas conductas, proponiendo la revisión del catálogo de los daños mediante la incorporación de una nueva hipótesis en la figura calificada, así como el establecimiento de un criterio objetivo sobre responsabilidad civil mediante una regla especial de responsabilidad de los padres por los hechos de los hijos menores.

De este modo, se modifica el artículo 485 del Código Penal estableciendo que quienes mediante carteles, avisos u otros medios impresos, o con la utilización de pinturas, procedan a la fijación de mensajes, rayados, dibujos u otro registro semejante, en plazas, mobiliarios de las plazas, monumentos, inmuebles, como también en vehículos de transporte público de pasajeros, serán castigados con la pena de reclusión menor en sus grados medio a máximo (de 541 días a 5 años) y multa de 11 a 15 unidades tributarias mensuales (de $403.095 a $549.675).

Además, se estipula que tratándose de estos hechos el padre, y a falta de éste la madre, es responsable civilmente de los actos de los hijos menores. Asimismo, el tutor o curador es responsable de la conducta del pupilo que vive bajo su dependencia y cuidado.

El proyecto de ley (boletín 6679) será analizado por la Comisión de Constitución.

ASAMBLEA NACIONAL POR LOS DERECHOS HUMANOS CHILE

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