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martes, 10 de agosto de 2010

RAPA NUI O ISLA DE PASCUA EN LA MIRA DE LA REPRESION



Rapa Nui: Crónica de un genocidio anunciado

escrito por Alonso BarroS

lunes, 09 de agosto de 2010

El escalamiento de la violencia en Rapa Nui que anuncia la prensa, es directa responsabilidad del Estado chileno, y amerita una explicación que no sea sesgada. El tema de fondo es la propiedad de la tierra en la isla.

Para los que trabajamos en defensa de los derechos humanos de los pueblos e individuos indígenas, es evidente que el Estado chileno incumple sus obligaciones legales nacionales e internacionales en materia de restitución de tierras. La medida extrema del parlamento de Rapa Nui, que amenaza declarar su independencia, es perfectamente justificada, como reacción a la demora culpable y genocida del Estado, que no ha regularizado la propiedad Rapa Nui mediante la entrega de los papeles sobre los terrenos catastrados por el Ministerio de Bienes Nacionales hace 11 años (15 años en el caso atacameños que conozco mejor).


Es lamentable además de ridículo que la prensa chilena haga eco de versiones oficialistas al hablar de “tomas ilegales” y de “propiedad fiscal sobre 86% de la isla”. Sostener que el Estado chileno es dueño preeminente de los predios superficiales de Rapa Nui es totalitario y genocida, además de aberrante desde el punto de vista jurídico, del derecho civil. Chile sin duda ejerce soberanía sobre la isla, atributo de derecho internacional reconocido por los Estados independientes; pero ¿en virtud de qué derecho se considera el Estado chileno dueño de los predios superficiales, para comportarse luego como un vulgar hacendado?

En Rapa Nui, el Estado se comporta como un latifundista usurpador de tierras, porque no tiene un título de propiedad legítimo. Se hace pasar por dueño a través de una ficción jurídica insostenible que se basa en nociones retrógradas de conquista y anexión, que por lo demás y en ningún caso, pueden fundamentar la propiedad privada sobre la tierra.
La propiedad rapanui, al igual que cualquier otra propiedad, no es un derecho que emane o deba emanar de la autoridad. Al igual que la propiedad de los otros pueblos indígenas en Chile, la propiedad rapanui se basa en el derecho propio y universal. Por siglos, esta propiedad ha sido discriminada y desestimada con argumentos racistas por intereses venales asociados al Estado. Por una parte, esto atenta contra el derecho a la igualdad y el respeto a la libertad en el trato con los pueblos indígenas. Es más, la propiedad indígena en general y Rapa Nui en particular, constituyen un límite a la soberanía estatal conforme a nuestro ordenamiento constitucional (Art. 5), y con mayor razón tras la entrada en vigencia del Convenio 169 de la OIT como Ley de la República el 15 de Septiembre del año 2009.

Numerosos fallos de la justicia chilena han venido reconociendo lo que vengo señalando, con un mismo criterio en diferentes regiones. ¿Por qué es tan tozudo el poder ejecutivo? ¿Por qué sigue manteniendo el Estado chileno la mentira de que es dueño de 86% de los predios en Rapa Nui? ¿Qué le impide hacer entrega de los papeles a inscribir en el Conservador de Bienes Raíces, que le den a los rapanui la justa y segura posesión a que tienen derecho, como a cualquier otro chileno?

Las últimas y preocupantes informaciones disponibles señalan que el Ministro del Interior Hinzpeter ha dispuesto el envío de Fuerzas Especiales para desalojar a los que mantienen “tomas ilegales” en la Isla.

Para cualquier observador imparcial resulta sorprendente que alguien que por su origen judío debiera tener una sensibilidad especial en materia de crímenes de lesa humanidad, se preste, por el contrario, para ordenar acciones que atentan contra los derechos humanos del pueblo Rapa Nui, y nada menos que en lo referente a un derecho que es esencial a su condición de tal pueblo: la propiedad sobre su territorio, tierras y recursos naturales.

Nada le cuesta al Estado entregar, por fin, los papeles sobre las tierras que le pertenecen. Lo mismo digo para el caso de los pueblos Atacameño, Aymara, Colla, Diaguita, Quechua y Mapuche.

Por eso, Sr. Piñera, ordene Ud. a la Ministra de Bienes Nacionales, Sra. Parot, entregar los papeles que legalmente reclaman los pueblos indígenas sobre sus tierras catastradas hace décadas (tierras colectivas e individuales). Solo queda firmar e inscribir, y mientras, no seguir regalando y vendiendo los “grandes territorios” a vil precio (www.bienes.cl). Basta de quitas y esperas, no empujen más el conflicto. Y Ud. Sr. Ministro Hinzpeter, por favor demuestre más respeto a la memoria de los inocentes sacrificados en los campos de concentración alemanes. No se convierta Ud. en verdugo del digno y sufrido pueblo Rapa Nui. No alimente la crónica de este genocidio largamente anunciado. Los crímenes de lesa humanidad que Ud. ordene recaerán sobre su conciencia, pero su responsabilidad podría además ser perseguida ante la Corte Penal Internacional.

Alonso Barros
Abogado (PUC), Ph. D. (U. de Cambridge)
Investigador Asociado - Universidad Católica del Nortee – San Pedro de Atacama

Miembro de la Sociedad de Antropología Legal Moderna – Escuela de Economía de Londres

ASAMBLEA NACIONAL POR LOS DERECHOS HUMANOS CHILE

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