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miércoles, 29 de diciembre de 2010

RECHAZAN RECURSOS DE AMPARO




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--> Martes 28 de Diciembre de 2010 16:15

José Huenchunao, uno de los recurrentes. Foto:


SANTIAGO.- La sala penal de la Corte Suprema rechazó este martes dos recursos de amparo presentados por comuneros mapuches que fueron condenados a 10 años y un día por un ataque incendiario perpetrado en el fundo Poluco Podenco en el 2004.



José Benicio Huenchunao Mariñan y Juan Carlos Huenulao Lielmil pedían que se modificaran sus condenas debido a que la reciente Ley 20.467 que cambió las sanciones de la Ley Antiterrorista era más beneficiosa para ellos, por lo que a su juicio correspondía la disminución de su sentencia a 5 años y un día de cárcel.



Cabe recordar que esta modificación legislativa se adoptó tras la huelga de hambre que mantuvieron este año una treintena de comuneros mapuches exigiendo que no se les siguiera procesos judiciales bajo esta ley y la rebaja de las sanciones aplicadas en esta materia.



Sin embargo, el máximo tribunal, en su voto de mayoría, no coincidió con esta postura y rechazó el recurso de amparo señalando que "no estamos ante una ley penal más benigna, por lo que no es posible la aplicación retroactiva de la nueva ley, como se ha solicitado por la defensa".



Los ministros de la Suprema señalan que otro escenario se habría producido si en primera instancia se le hubiera aumentado en tres grados la pena por el delito de incendio terrorista. El máximo tribunal estableció que justamente si eso hubiera pasado se les habría rebajado la pena a la misma que hoy tienen, es decir, 10 años y un día de cárcel.



Voto en contra



El fallo contó con el voto en contra del ministro Hugo Dolmetsch, quien sostuvo que en ambos casos las modificaciones realizadas recientemente a la ley eran favorables para ambos reos.



"La pena asignada al delito, con sus circunstancias modificatorias, es la de presidio mayor en su grado mínimo, tal como lo declaró la sentencia condenatoria, no pudiendo elevarse en uno, dos o tres grados, como se hizo en su oportunidad, por estar ello expresamente derogado por la reforma cuya aplicación se pide por esta vía", sostuvo el juez.


ASAMBLEA NACIONAL POR LOS DERECHOS HUMANOS CHILE

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