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lunes, 3 de noviembre de 2008

DECLARACION


DECLARACIÓN PÚBLICA







A treinta y cuatro años del mal llamado caso "asalto a la patrulla", ocurrido en Quillota el 18 de enero de 1974, donde fueron asesinados por personal militar nueve destacados dirigentes sociales y políticos quillotanos, el juez instructor Julio Miranda Lillo ha dictado sentencias condenatorias y absolutorias, respecto de las cuales la Comisión de Derechos Humanos de Quillota declara lo siguiente:



1.-En los contenidos del Fallo, y de acuerdo a declaraciones de testigos directos, quedó establecido lo que las organizaciones de DD. HH. denunciamos desde hace muchos años, jamás hubo un ataque extremista a la caravana que trasladaba a los prisioneros desde el Regimiento Ingenieros Nº 2, estacionado en Quillota a la Escuela de Caballería de Quillota, ubicada en el sector de San Isidro. Se trató de un montaje planificado y organizado en la Escuela de Caballería de Quillota comandada por Sergio Arredondo González y que contó con la autorización del Gobernador Militar de la época A. Custodio Torres Rivera, comandante del Regimiento Ingenieros Nº 2.



2.-La operación que recrea un ataque externo tenía como fin aterrorizar a la población civil y justificar los asesinatos de personas respetadas y estimadas en la ciudad.



Los crímenes se perpetraron al interior de la Escuela de Caballería de Quillota y en el paso bajo nivel San Isidro.



Las víctimas son; Pablo Gac Espinoza ex alcalde de Quillota, Rubén Cabezas Pares, abogado ex fiscal de la Corporación de la Reforma Agraria, Levi Arraño Sancho dirigente agrario. Los tres son Detenidos Desaparecidos.

Y los Ejecutados Políticos; Osvaldo Manzano Cortés, dirigente sindical, Víctor Fuenzalida Fuenzalida, jefe del Dpto. Técnico de la Corporación de la Reforma Agraria, Julio Loo Prado, dirigente sindical, Manuel Hurtado Martínez, funcionario de Tesorería, Ángel Díaz Castro, dirigente poblacional y Hugo Aranda Bruna, dirigente agrario.



Participaron en calidad de autores de las ejecuciones de los prisioneros, el entonces capitán a cargo del traslado de prisioneros, Francisco Pérez Egert, el ex coronel Daniel Walker Ramos, el ex sargento Leonardo Quilodrán Burgos y el mencionado Sergio Arredondo González,.



Según testigos Pérez Egert y Quilodrán dispararon a quema ropa contra prisioneros vendados y amarrados dispuestos de pie cada uno al borde de una fosa, al interior de la Escuela de Caballería.



De acuerdo a testigos el ex coronel Arredondo remató en el suelo a uno de los prisioneros que transportaba la caravana y que luego del auto atentado en el paso bajo nivel S. Isidro quedó herido.

El mismo Arredondo ordenó a Walker Ramos trasladar a un lugar despoblado y oscuro del camino internacional a otro de los prisioneros que no murió en el acto, y rematarlo, y luego trasladarlo al hospital de Quillota.



3.-Si bien es cierto el Fallo rechaza la aplicación de la ley de amnistía y la prescripción solicitada por la defensa de los condenados, las penas impuestas son de privilegio, no se condicen con la gravedad de los delitos cometidos ni se acogen las recomendaciones de la Normativa Internacional de Derechos Humanos, de aplicar sanciones penales severas para precaver a la Humanidad de la comisión y reiteración de crímenes atroces cometidos por agentes del Estado.



Más aún en los fundamentos del Fallo referidos a sentencias condenatorias a: Sergio Arredondo (6 años), A. Torres Rivera (6 años), Francisco Pérez Egert (5 años, en libertad vigilada), Leonardo Quilodrán Burgos(5 años en libertad vigilada), Daniel Walker Ramos(3 años y 1 día, en libertad), y absolutorias respecto de Pedro Durcudoy Montandon, Raúl Muñoz Gutiérrez y Laureano Hernández Araya, el Juez Miranda Lillo alude a la irreprochable conducta anterior de los condenados, en circunstancias que todos los involucrados en estos horribles crímenes fueron partícipes activos de un movimiento armado de carácter sedicioso, apoyado y financiado por una potencia extranjera, que derrocó a sangre y fuego a un gobierno legítimo y constitucional e instaló en Chile una Dictadura Militar que dio inicio a un período de masivas y sistemáticas violaciones de derechos esenciales; a la vida, a la dignidad humana y la libertad.



Sergio Arredondo González, fue nombrado director de la Escuela de Caballería de Quillota por Pinochet, a fines de 1973, luego de su participación en la "Caravana de la Muerte", está procesado y acreditada su participación como ejecutor de numerosos crímenes; 26 personas en el sur del país y 71 personas en La Serena, Copiapó, Antofagasta y Calama.

El 27 de Marzo de 2000 Arredondo González declaró ante el juez Juan Guzmán "Nuestra Misión era Matar".



Respecto de Laureano Hernández Araya (absuelto), tiene una sentencia de tres años que cumplió en libertad por el secuestro del transportista de San Pedro Jorge Villarroel Vilches, que está desaparecido desde el 19 de Abril de 1974. Conociendo su comportamiento cruel con los prisioneros y encontrándose en el lugar de los hechos no creemos en su No participación.

Consideramos como muy agravante el hecho que la mayoría de los imputados integraban una organización delictiva, el Departamento II un equipo operativo, dotado de recursos estatales, encargado de la represión política en la zona, y que actuaba sobre seguro y con total impunidad.



Podemos deducir que este grupo organizado tuvo participación también en los secuestros y asesinatos de Jorge Villarroel Vilches, detenido desaparecido, del cabo enfermero de la Escuela de Caballería de Quillota Juan Fuentes Zamorano y del cabo Manuel Valdés Galaz (desaparecido).

De hecho está acreditado mediante prueba documental que Pedro Durcudoy Montandon retiró, en su calidad de oficial de inteligencia, desde la Cárcel Pública de Santiago a Juan Fuentes Zamorano, para trasladarlo a Quillota.



Los imputados no han mostrado arrepentimiento. A través de sus abogados buscaron dilatar y entrampar el proceso con maniobras distractoras.

En su infinita crueldad, tampoco han confesado donde están los restos de Gac, Cabezas y Arraño, para que sus familias y amistades puedan darles cristiana sepultura.



Por lo expuesto solicitamos respetuosamente a la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Valparaíso restablecer los principios de la proporcionalidad de la pena y de la igualdad de todos los individuos ante la Ley, elevando sustancialmente las sentencias condenatorias; Cadena Perpetua efectiva para Sergio Arredondo González, Francisco Pérez Egert, A. Torres Rivera y Leonardo Quilodrán Burgos. Y 20 años para Daniel Walker Ramos.



Para que nunca más ¡! Nadie sea arrancado de su hogar, de su familia, torturado, asesinado y desaparecido.





COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DE QUILLOTA





Quillota, 3 de Noviembre de 2008.-
_______________________________________________________________________________
Asamblea Nacional por los Derechos Humanos
Carabineros de Chile 33, Of. 3
asambleanacionalporlosddhh@gmail.com

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