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miércoles, 22 de diciembre de 2010

CARABINEROS SOLO ESTAN AUTORIZADOS PARA REPRIMIR, ROBAR ,MATAR TRAFICAR,ENGAÑAR,TORTURAR.VER REPORTAJE EN ESTE BLOG SOBRE TODOS ESTOS TEMAS QUE INVOLU


Diputado Ojeda defiende a Carabineros a quienes se les negó permiso para casarse
Publicado el 22 de diciembre del 2010

El diputado DC, Sergio Ojeda, sostuvo que "ningún reglamento, ni ley puede interferir en la vida emocional de las personas."

Desde la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara, el diputado Sergio Ojeda pidió a las instituciones armadas revisar sus reglamentos y “eliminar todo rastro de discriminación e intromisión en la vida privada de los uniformados, para que no vuelvan a ocurrir hechos como los conocidos en las últimas días”.

Los dichos del parlamentarios se refieren considerando el caso conocido hoy de dos Carabineros a quienes se les negó el permiso para casarse por razones de tipo socioeconómicas y a la reciente expulsión de una oficial de la FACH a quien se la expulsó por fraternizar con un subalterno.

Comentando el caso de la pareja de carabineros que, en el año 1999, no tuvieron permiso para casarse porque, a juicio de la institución, ella pertenecía a otra “clase social”, debiendo mantener una relación oculta por todo estos años, el parlamentario DC señaló que “es una abierta discriminación y una intromisión ignominiosa a la vida privada de las personas; es una violación fragante a los derechos humanos proclamados por la Declaración Universal, sin distinción de raza, color, sexo, idioma, religión, posición política, origen nacional o social”.

El parlamentario DC agregó que “los hombres y mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia. Y el Estado no debe alterar ni conculcar estos derechos. Y a éste le queda prohibido inmiscuirse en la vida privada de las personas, la que debe desarrollarse normalmente en todas las facetas de su vida. Hay espacios que son absolutamente privativos de la persona humana”.

Finalmente precisó que “si bien dentro del ámbito de los uniformados se debe valorar el cumplimiento de un deber o de las funciones propias de quién ejerce un cargo o del grado, no puede haber mando sobre la vida afectiva de las personas".

"El cumplimiento de un deber no faculta para ir más allá de estas obligaciones propias del cargo o del grado. Por ello ningún reglamento, ni ley puede interferir en la vida emocional de las personas. Si Carabineros o la FACH lo hacen y lo hacen las demás Instituciones Armadas, es impresentable, especialmente, cuando la tendencia mundial es a crear condiciones de igualdad entre las personas y terminar con las desigualdades y las discriminaciones”, concluyó el legislador.
editor@congreso.cl

ASAMBLEA NACIONAL POR LOS DERECHOS HUMANOS CHILE

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