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miércoles, 16 de febrero de 2011

Temuco: Declaran admisible recurso de protección presentado por comerciantes ambulantes mapuche



Constanza Hernández Narbona Nación.cl

Los vendedores callejeros quedaron vetados de realizar su actividad en el centro de la ciudad a partir de principios del mes en curso, debido a un decreto emitido por la alcaldía y ratificado por la Corte Suprema.



Miércoles 16 de febrero de 2011 | Regiones
Fotos
Los comerciantes ambulantes de Temuco ya no podrán seguir ejerciendo en el centro de la ciudad.
Foto: La Nación

La Corte de Apelaciones de Temuco declaró admisible el recurso de protección interpuesto por cerca de 50 vendedores ambulantes de origen mapuche, quienes apelan al Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), para revertir la medida emitida por la alcaldía que prohíbe el comercio callejero en el centro de la ciudad.

El abogado representante de los comerciantes mapuches, Jaime Madariaga, si bien valoró la decisión de la justicia, criticó el actuar del alcalde Miguel Becker (RN) en este asunto, puesto que no tomó en cuenta la opinión de la comunidad originaria, siendo un asunto que les incumbe totalmente al afectar su desarrollo económico.

“Muchas autoridades y parlamentarios de distintos sectores políticos aprobaron el convenio 169, (pero) muy pocos lo leyeron, entonces ignoran que el convenio obliga a que situaciones como estas -que se vinculan con sus labores ancestrales y que afectan el desarrollo económico, social o cultural de gente mapuche- deben ser consultadas a los pueblos originarios. En este caso, el alcalde no lo hizo”, señaló Madariaga.

Pero el director jurídico del municipio, Juan de Dios Fuentes, desestima las críticas a la medida, ya que para él, este veto no afecta a la comunidad mapuche ni al desarrollo de su cultura, sino que es sólo es un asunto administrativo. “No estamos erradicando comunidades indígenas, ni afectamos a personas que sean pueblos originarios ni mucho menos. Estamos hablando de medidas administrativas que dicen relación con el comercio ambulante estacionado en la vía pública de la ciudad de Temuco”, declaró.

La Corte de Apelaciones de la capital de la Araucanía, resolvió que la Municipalidad de Temuco tiene un plazo de 8 días para presentar nuevos informes, los que facilitarán la tarea de los ministros de la Corte en la discusión sobre el recurso de protección.

De todas maneras, no existe orden de no innovar, por lo que la restricción de venta en las calles céntricas sigue en pie.

EL DECRETO

El decreto, ratificado por la Corte Suprema, se dio a conocer a comienzos de mes y veta el comercio ambulante en las 12 cuadras que rodean la Plaza Aníbal Pinto de la capital regional, entre las que se cuentan las calles Bello, Vicuña, Lautaro y General Mackenna.

Desde la Cámara de Comercio de Temuco, en su momento, también se refirieron al tema. “Estamos totalmente de acuerdo con la decisión del alcalde de Temuco, que no es otra que aplicar la Ordenanza Municipal vigente, que anteriormente nunca se quiso aplicar”, afirmaron.

Según la asociación, esta medida contribuirá a tener “una ciudad más ordenada, limpia y segura para los habitantes de Temuco y quienes nos visitan (…) Ya se está observando que la erradicación del comercio ambulante del sector céntrico permite veredas más expeditas para el tránsito peatonal, uso de las marquesinas existentes cuando llueve, las que eran ocupadas por los puestos ambulantes, vitrinas de los comercios establecidos despejadas, etc.”.

Si bien la Municipalidad no piensa revertir la medida, sí ha presentado posibles soluciones para el problema que hoy viven los vendedores callejeros. Una alternativa es el anteproyecto del nuevo Centro Comercial de Temuco, el cual tiene por objetivo instalar a 180 vendedores ambulantes en sus dependencias. Su inversión bordea los 2 mil millones de pesos, los que serán financiados por el gobierno regional.


ASAMBLEA NACIONAL POR LOS DERECHOS HUMANOS CHILE

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