Publicado el 10 de abril del 2012
Esta mañana los diputados eligieron a los cinco diputados encargados de analizar la procedencia de la acusación constitucional en contra del Ministro del Interior, Rodrigo Hinzpeter, a raíz de las manifestaciones en Aysén y las medidas ejercidas por el gobierno para contenerlas.
Los diputados Eduardo Cerda (DC), Rosauro Martínez (RN), Frank Sauerbaum (RN),Cristián Campos (PPD) y Cristian Letelier (UDI), integrarán la comisión encargada de conocer e informar a la Sala sobre la procedencia de la acusación constitucional deducida hoy por once diputados de oposición en contra del Ministro del Interior, Rodrigo Hinzpeter.
La acusación constitucional contra el ministro (la segunda en su contra desde que asumió la cartera de Interior) fue presentada por los diputados Sergio Aguiló (Ind), Gabriel Ascencio(DC), Lautaro Carmona (PC), Alfonso De Urresti (PS), Cristina Girardi (PPD), Rodrigo González (PPD), Hugo Gutiérrez (PC), Manuel Monsalve (PS), Alberto Robles (PRSD),Gabriel Silber (DC) y Guillermo Teillier (PC).
En el libelo acusatorio se plantea que la acusación se formula “por haber abusado notoriamente del poder que en tanto Ministro del Interior detenta mediante actos que han implicado dejar leyes sin ejecución e infracción de derechos constitucionales”.
La acusación consta de dos capítulos. En ellos se acusa al Ministro de infringir la Constitución, “por ejercer abusivamente las facultades de las que dispone para la mantención del orden público”, aludiendo al uso desproporcionado de la fuerza, que vulnera el derecho constitucional a la integridad física.
Adicionalmente, el segundo capítulo acusa al secretario de Estado de dejar sin ejecución el artículo 3, letra b de la ley 20.502, “por cuanto la forma abusiva en que ha ejercido sus facultades ha contribuido a la alteración del orden público en la región de Aysén”.
Este capítulo hace referencia a las actuaciones de Carabineros, particularmente de los miembros de Fuerzas Especiales, “que han resultado ser provocaciones a los manifestantes y que, por consiguiente, han alterado y no restablecido el orden público”.
Funcionamiento de la comisión y plazos
A partir de hoy discurre un plazo de tres días para notificar de la acusación al ministro, quien dispondrá de otros diez para concurrir a la Comisión a hacer su defensa personalmente o presentarla por escrito.
Asimismo, la Comisión tendrá un plazo de seis días, contado desde la comparecencia del afectado, para estudiar la acusación y pronunciarse sobre la misma. Su misión será elaborar un informe a la Sala que contenga una relación de las diligencias practicadas; una síntesis de la acusación; los hechos que le sirvan de base y de los delitos, infracciones o abusos de poder que se imputen en ella; una relación de la defensa del acusado; un examen de los hechos y las consideraciones de derecho; y las resoluciones adoptadas por la Comisión.
Evacuado dicho informe, la Sala de la Cámara sesionará diariamente para ocuparse de la acusación.
ASAMBLEA NACIONAL POR LOS DERECHOS HUMANOS CHILE
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